FACTOR ETARIO
Existe jurisprudencia en las Cortes del país respecto a los factores etarios aplicados a ciertos grupos de afiliados, por considerar el mecanismo de determinación de estos, una discriminación. Dado ello, como estudio estamos presentando este tipo de recursos de protección lográndose un ahorro bastante considerable en el valor a pagar por tu plan de salud, de hasta un 50%.
Formulario de contacto
Preguntas Frecuentes
Haz Click sobre las preguntas*
Para determinar el valor de un plan se aplica la siguiente formula: PRECIO BASE × *FACTOR ETARIO* + PRIMA GES + BENEFICIOS ADICIONALES (SI LOS HAY) = VALOR DEL PLAN EN UF, lo que se baja es el factor etario a aplicar, que hace que el valor a pagar por el plan de salud disminuya en forma considerable, hasta aproximadamente un 50%.
El proceso en total dura aproximadamente entre 4 a 6 meses, se entabla ante la Corte de Apelaciones respectiva y luego la gran mayoría de las veces, sube a la Corte Suprema la cual es la última instancia.
No existe plazo,contra antes acciones mejor.
Cualquier persona a quien se le aplique por su isapre un factor etario discriminatorio
El plan baja desde la dictación de la sentencia, en la fecha que determine la Corte respectiva, siendo la generalidad de los casos en forma retroactiva desde la presentación del recurso.
Son necesarios para accionar: 1. Certificado de afiliación; 2.Certificado de afiliación con carga o Certificado de beneficiarios en el caso de tener cargas; 3.Cedula por ambos lados del titular del plan; 4. Plan de salud 5. Carta poder; para el envío de este último recibirías las indicaciones necesarias una vez nos envíes lo demás.
Al accionar se mantiene el mismo plan y en las mismas condiciones, no es exigencia para bajar el factor de riesgo cambiarse de plan como en ocasiones señalan erradamente los ejecutivos de las Isapres.